Hoy a las nueve de la mañana empieza el plazo de solicitudes de las ayudas directas de la Generalitat a los autónomos afectados por la crisis del coronavirus.
Las ayudas serán de 1.500 euros para los que hayan tenido que cerrar sus negocios durante el estado de alarma, o no se hayan visto obligados a cerrar, pero hayan tenido una disminución de sus ingresos del 75% a causa de esta crisis.
Las ayudas se concederán por orden de entrada de solicitudes. Se excluye a trabajadores por cuenta propia con rendimientos netos de hasta 30.000 euros en 2019.
También excluyen a los trabajadores autónomos que el 14 de marzo, fecha en la que se declaró el estado de alarma, estuvieran percibiendo prestación por desempleo o la protección por cese de actividad.
Estas ayudas son complementarias y compatibles a las ayudas estatales por los efectos de la crisis del coronavirus.
El presupuesto destinado por la Generalitat a estas ayudas, es de 57,5 millones de euros, aunque el decreto, que se publicó el pasado sábado en el DOGV, da opción a una ampliación de esta dotación con fondos del Estado o de la Unión Europea.
El reparto territorial es de 21,5 millones para la provincia de Alicante; 7 millones para la de Castellón y 29 millones para autónomos domiciliados en la provincia de Valencia.
La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado “EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas Covid-19”.
Os dejamos aquí los pasos a seguir para esta solicitud que son tres:
El criterio para la concesión de la subvención, es hasta agotar los 57,5 millones previstos, por lo que será importante el del momento de la presentación de la solicitud. A estos efectos, la Generalitat aclara que no se considerará presentada una solicitud hasta que se aporte toda la documentación requerida. En caso de solicitudes presentadas a la vez tendrán prioridad las de personas con diversidad funcional y, en su defecto, por mujeres.
La información y documentación puede consultarse en la web de LABORA, así como el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud, abierta desde las 9.00 horas del miércoles 8 de abril y hasta el lunes 4 de mayo.
Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada, con un certificado admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
De no disponer de la misma deberá acudirse a la representación acreditada a través de persona que sí disponga de ella.
Tornay Abogados
Servicios jurídicos en Valencia. Copyright © 2023 Tornay Abogados.